Régimen matrimonial existentes en la actualidad y sus principales características.

metro manquehue



  1. Régimen de sociedad conyugal
  2. Régimen de separación total de bienes
  3. Matrimonios celebrados en el extranjero
  4. Régimen de participación en los gananciales

1, Régimen de sociedad conyugal


características esenciales ;


Es el régimen normal del matrimonio : no necesita pactarse. Cualquier otro régimen requiere de pacto expreso o sentencia judicial.

La administración de la sociedad conyugal corresponde únicamente al marido, sin perjuicio de que para determinados actos y contratos de especial importancia requiere de la autorización de la mujer.

El marido administra no sólo sus bienes propios y de los de la sociedad conyugal, sino que también los bienes propios de la mujer sin perjuicio de que en relación a estos bienes, en actos de importancia, se requiera, además, la autorización de la mujer.

A la sociedad conyugal le corresponde el usufructo de los bienes personales de cada uno de los cónyugues, y naturalmente también el usufructo de los bienes de la sociedad conyugal.

Conforme a la ley actual, dentro del régimen de sociedad conyugal la mujer es jurídicamente capaz de celebrar actos y contactos. Pero esta capacidad es sólo teórica, desde el momento que sólo al marido corresponde la administración de la sociedad conyugal e incluso la administración de los bienes propios de la mujer y cuando la sociedad conyugal se disuelve se restintuyen a cada cónyugue los bienes raíces de su exclusiva propiedad y los gananciales obtenidos se dividen por mitades entre ambos cónyuges.

La restitución de los inmuebles propios de cada cónyuge se refiere fundamentalmente a los que cada uno de ellos tenía a la fecha de contraer matrimonio o hay podido adquirir durante el matrimonio a título gratuito (herencias o legados).



Bienes reservados de la mujer casada en régimen de sociedad conyugal


Separación parcial de bienes ;


La mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal puede dedicarse libremente al ejercicio de un empleo, oficio, profesión o industria, separados de los de su marido, considerándose como separada de bienes respecto de dicho trabajo y de lo que en él obtenga (patrimonio reservado de la mujer casada).

  • En relación a este patrimonio reserva la mujer tiene plena capacidad para celebrar cualquier tipo de actos y contratos.
  • Cuando el matrimonio se disuelve.
  • Este régimen está concebido como una excepción a la normativa general de la sociedad conyugal.

Régimen de separación total de bienes ;

Es un régimen de excepción : pacto expreso o sentencia judicial.

....Es posible durante el matrimonio. por acuerdo de los cónyuges, sustituir el régimen de separación total de bienes por el nuevo régimen de participación en los gananciales (PERO NO por el de sociedad conyugal)

....Cada cónyuge administra libremente con entera indipendiencia del otro, sus propios bienes, sin perjuicio de la excepción contemplada para el caso de que se trate de un bien familiar según lo explicaremos en el acápite 6.