en relación a los conservadores de raíces y archiveros y notarios

madrugada de constitución



3, Los Conservadores de bienes raíces


Los conservadores cumplen un rol fundamental en materia inmobiliaria.


Los que son minisros de fe encargados de los registros conservatorios de propiedad de bienes raíces y también llevan los registros de descubrimiento y propiedad de minas.

Encargado de los registros de ...

  1. propiedad de bienes raíces de hipotecas.
  2. propiedad de bienes raíces de comercio.
  3. propiedad de bienes raíces de prendas.
  4. propiedad de aguas.
  5. propiedad de minas.

Los registros conservatorios tienen a su cargo, esto es ....

  • Propiedad
  • Hipotecas
  • Gravámenes
  • Interdicciones
  • Prohibiciones de enajenar
  • Mantienen la historia de la propiedad inmueble
  • Otorgan una completa publicidad a los gravámenes que pueden afectarla
  • Mantienen la historia de las sociedades, sus modificaciones, etc .....

Los conservadores de Bienes Raíces se encuentran sujetos al arancel que dicta el Ministerio de Justicia, el cual tiene el carácter de obligatorio. De acuerdo a dicho arancel vigente, aprobado por Decreto 588 y publicado en el Diario Oficial de decha 3 de dicienbre de 1998.


De compraventa de un bien raíz, puede cobrar un 2 por 1.000% del monto de la operación si la realiza en Santiago. Es decir, existe un tope por monto de operación.

Funciones de los consevadores de bienes raíces y registros que tienen a cargo


La función principal de los conservadores es ;

inscribir en el respectivo registro,
un extracto de los títulos que al efecto se les presenten.

el conservador quien estudia si se cumplen los requisitos pertinentes para proceder a la inscripción de los títulos de propiedades,
considerando la inscripción como requisito, prueba y garantía de la posesión inscrita.

tienen la función de otorgar las copias de inscripciones y certificados que se le soliciten.


tales como ....

  • Certificados de gravámenes, prohibiciones y litigios de una propiedad.
  • Certificados que acreditan que una solicitud de inscripción se encuentra anotada en el Libro de Repertorio.
  • Certificados que acrediten la vigencia de una sociedad.
  • Copia de la inscripción de una propiedad, donde el Conservador de Bienes Raíces certifica quién es el dueño actual de una casa, sitio, departamento predio, etc..
  • Copia de la inscripción de un extracto del contrato de hipoteca sobre una propiedad.
  • Copia de la inscripción de la constitución de una sociedad, cualquiera sea su tipo.
  • Copia de la inscripción de una medida precautoria que recae sobre una propiedad.
  • Copia de la inscripción de una prohibición que afecta o recae sobre una propiedad.
  • Copia de la inscripción de las cláusulas principales del reglamento de copropiedad de un condominio de casas o de un edificio.
  • Copia de la inscripción de un extracto de un contrato de usufructo sobre una propieda.


Los libros que se llevan en el Conservado de Bienes Raíces son públicos, por lo tanto cualquier persona puede revisarlos sin necesidad de ser abogado.


El nombre "el GP" es con que se llama al certificado de gravámenes y prohibiciones de un inmueble (es un documento).